La complejidad tributaria dominicana consume tiempo, talento y recursos que deberían estar generando productividad y riqueza.
Por Bernardo Espinosa
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Contador Público Autorizado – Consultor Fiscal y Financiero
La historia de los tributos es, en buena medida, la historia de la evolución del Estado. Lo
que en sus orígenes funcionó como un recurso extraordinario para financiar guerras,
emergencias o necesidades puntuales terminó convirtiéndose en una fuente permanente
de ingresos públicos y, posteriormente, en uno de los principales instrumentos para
financiar las funciones económicas y sociales del Estado.
La República Dominicana no ha sido la excepción. Durante más de un siglo (1919-2026),
nuestro sistema tributario ha evolucionado mediante leyes, reformas, decretos,
reglamentos, normas generales, resoluciones, consultas técnicas y disposiciones
administrativas. Esa evolución ha permitido modernizar la administración tributaria y
aumentar su capacidad de control y recaudación; pero también ha producido un efecto
que merece ser examinado: la acumulación progresiva de obligaciones y procedimientos
que las empresas deben conocer, interpretar, implementar y documentar para poder
cumplir correctamente.
La cuestión, por tanto, ya no es solamente cuánto pagan las empresas en impuestos. Hay
otra carga menos visible: cuánto les cuesta cumplir.
De un sistema relativamente simple a una estructura cada vez más compleja
La evolución tributaria dominicana puede observarse como una sucesión de etapas.
Desde las primeras estructuras de rentas internas de la primera mitad del siglo XX,
pasando por la creación y reorganización de organismos recaudadores, hasta llegar a las
grandes transformaciones de las últimas décadas.
Un punto de inflexión fue la introducción del ITBIS en 1983 mediante la Ley 74-83.
Posteriormente llegaron ampliaciones de su base, modificaciones de tasas y sucesivas
reformas. En 1992 se promulgó la Ley 11-92, Código Tributario, que continúa siendo el
eje fundamental del sistema impositivo dominicano, aunque ha sido objeto de numerosas
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La complejidad tributaria dominicana consume tiempo, talento y recursos que deberían estar generando productividad y riqueza
modificaciones y leyes complementarias. La propia DGII mantiene actualmente una
extensa relación de legislación tributaria vinculada al Código y a otros impuestos.
A esto se sumaron reformas posteriores, regulaciones sobre comprobantes fiscales,
precios de transferencia, retenciones, anticipos, regímenes especiales, procedimientos de
información, fiscalización y, más recientemente, la transformación digital de la
administración tributaria.
En 2023, por ejemplo, la Ley 32-23 de Facturación Electrónica estableció el uso obligatorio
de la factura electrónica y creó un calendario diferenciado de implementación según el
tamaño de los contribuyentes. Su aplicación posteriormente requirió el Reglamento 587-
24 y ha estado acompañada de normas, avisos, procedimientos y extensiones de plazos.
En 2026 se incorporó además la Ley 30-26 de medidas pro-crecimiento económico,
simplificación fiscal y mitigación de la crisis internacional, otro episodio dentro de un
proceso permanente de modificación y adaptación del marco tributario, y agregar la ley
36-26 que modifica la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos
Sólidos, que más que simplificar lo complejiza aún más.
El resultado es un sistema en el cual la empresa no interactúa con una única ley. Debe
desenvolverse simultáneamente entre el Código Tributario, leyes especiales, decretos,
reglamentos, normas generales, resoluciones, criterios administrativos, consultas
técnicas, jurisprudencia y disposiciones vinculadas con diferentes actividades
económicas.
Y ahí comienza el verdadero problema.
El impuesto que no aparece en la declaración jurada
Cuando hablamos de carga tributaria normalmente pensamos en ISR, ITBIS, Impuesto
sobre los Activos, selectivos, retenciones y otras obligaciones.
Sin embargo, existe una especie de “impuesto invisible” que no aparece en ninguna
declaración jurada: el costo de cumplimiento tributario.
Cada obligación genera procesos. Cada proceso requiere personas, sistemas, controles,
documentos y tiempo.
Una empresa debe facturar correctamente; validar comprobantes; registrar operaciones;
efectuar y documentar retenciones; preparar declaraciones; realizar anticipos; conciliar
contabilidad y formularios fiscales; responder requerimientos; atender fiscalizaciones;
gestionar inconsistencias; mantener archivos; actualizar sistemas informáticos; capacitar
empleados; contratar contadores, asesores y especialistas; interpretar nuevas normas y,
ahora, adaptar sus procesos a la facturación electrónica.